Editorial - El Laboralista Digital número 43
En 1927 Kahn Freund (Clásico iuslaboralista, autor de obras de obligada lectura) publicaba la “Esencia del Derecho del Trabajo”. En sus primeras líneas reflexionaba en torno al espíritu y los problemas fundamentales del Derecho del Trabajo y sostenía que su virtud consistía en introducir (…) “un ordenamiento jurídico de las personas en el conjunto del Derecho…el Derecho del trabajo es lo real, la raíz del Derecho popular de la existencia humana”. Ahí es nada. Poco menos que un siglo después, observamos cierto debate sobre el rescate de los valores y principios éticos, como instrumentos que pueden contribuir a superar la crisis económica (tal como se lee en la Exposición de Motivos de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno). No parece mal momento para reflexionar en torno al concepto y valor del trabajador desde su vertiente más humana, como un ejercicio necesario de redescubrir cómo y de dónde viene este Derecho de las Personas.
El papel de instigador y provocador de debates como este, -para nada alejados de la realidad del momento-, debe ser liderado por instituciones o asociaciones de profesionales que necesariamente pongan el foco de su atención más allá de las cuestiones aparentemente técnicas y perentorias del corto plazo o de lo inmediato. La Asociación de Laboralistas, al día de la fecha resulta ser con diferencia, el colectivo que cuenta entre sus socios y seguidores, con el mayor número de profesionales, docentes e investigadores vinculados al Derecho del Trabajo en España. Un capital humano llamado a liderar e impulsar el debate de las ideas, de las sugerencias de cambio y mejora, pero también el de la crítica razonada. De nuevo, el Laboralista Digital, tiene la sana aspiración de contribuir con este debate.
Para este primer número del año 2015, contamos con la participación de D. Julián Mesa Entrena (Graduado Social y Socio de ASNALA) que nos presenta su trabajo titulado: “Base reguladora de las pensiones de Jubilación de los trabajadores migrantes en la Unión Europea”; Dña. Sofía Olarte Encabo (Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Granada) que ha escrito sobre “El contrato único: ¿Una solución para los desequilibrios del mercado de trabajo español?”; D. José Luís Roales-Nieto López (Abogado y Presidente de Honor de ASNALA) que nos presenta su artículo “La ruptura del contrato de trabajo en Francia y sus divergencias con la normativa española”. Finalmente el letrado y socio de ASNALA, D. Javier Echeburúa Martínez, nos ha preparado un comentario práctico que lleva por título: “Las prestaciones a la Seguridad Social de trabajadores a tiempo parcial”. A todos ellos, como siempre, dejamos debida constancia del testimonio de pleno agradecimiento.
Sostenía Freund pocas líneas más adelante que, “El derecho del trabajo quiere llenar aquel vacío que existe entre el hombre y la “persona”, implantar el orden social en medio del orden jurídico, dar a la nueva época social su derecho”. Desde la Asociación animamos a sus socios y a los que aún no lo son, a participar activamente de los contenidos de esta revista, convencidos como estamos de la misión general de este colectivo de contribuir a ofrecer a la sociedad, a las personas, SU derecho.
Roberto Fernández Villarino
Miembro de la Junta Directiva de ASNALA