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10 de enero, 2012

Por las razones que luego diré, quisiera situarme en este acto bajo el signo del 3, para exponer tres temas o tres puntos, mejor con una atención de 3 minutos para cada uno de ellos. Estos tres puntos son, o serán, si ustedes lo permiten:

  • Primero, un testimonio de gratitud, testimonio amplio y profundo
  • Segunda, la afirmación de un principio básico de trabajo que me afecta en mi labor de director de la Revista Actualidad Laboral. A saber: el Derecho es para la Vida. No la Vida para el Derecho. O dicho en términos directos y por lo que atañe a nuestro espacio jurídico: yo cultivo, trato de cultivar en el Derecho Vivo del Trabajo.
  • Tercero, en fin, una Confesión; o, mejor, dada mi edad, un Testamento profesional.

Empiezo por el primer tema. Como ya he dicho, el capítulo de gratitudes es amplio y largo. Ante todo, un saludo cordial, muy cordial para todos los presentes. Reconozco y declaro mi deuda persona de gratitud con todos ustedes. Uno a uno y, a la vez en grupo, con la Asociación que nos convoca y nos atiende. En este punto personifico mi reconocimiento en José Luis Roales, Presidente de la Asociación. La organización del Congreso acredita, una vez más, su capacidad de convocatoria. Y con su buen saber humano logra rodearse de colaboradores eficaces. Entre ellos, los que integran la comisión gestora y, en ella, a Doña Maite García Barbero, tan eficaz y tan gentil, que hace un favor y parece ser élla la favorecida. Estoy seguro de que el nuevo Presidente, nuestro colega el Sr. Godino Reyes, continuará la línea ascendente de la Asociación.

Con el mismo afán de dar a cada uno lo suyo, agradezco al Jurado el honor que me ha hecho al concederme la noble distinción de este año 2011. Y por el Jurado, a sus dos miembros que hicieron la propuesta a mi favor: los proresores Villa Gil y García Perrote. Y al presidente del Jurado, profesor Pedrajas Moreno. Los tres, colegas. Los tres, amigos. Los tres sumaron su autoridad académica y profesional para colmar los vacíos de mis hojas de servicio. La alegría en la voz de Abdón, cuando me comunicó la concesión del premio y ahora, en su presentación, es para mi un factor de máximo valor.

Ahora bien, para éllos y para todos ustedes, mi descargo de conciencia por haber aceptado un Premio que hubiera podido tener muchos otros mejores candidatos. Al respecto recuerdo el siguiente sucedido:

Hace años, en una capital de provincias, tuvo lugar un entierro. En el acto final de dar sepultura al fallecido, habló el alcalde y subrayó, entre otros méritos, que se trataba de un hombre sumamente cordial y comprensivo. Y lo mismo fueron diciendo los siguientes oradores. Todos insistían en la cordialidad y capacidad de comprensión del difunto. Tras cuatro o cinco elegías similares, una señora enlutada que tenía de la mano a un niño de unos diez años, también de luto, se separó del grupo y dijo: ¡Vámonos, hijo! Si ese hombre al que vamos a enterrar era tan cordial y comprensivo no se trata de tu padre. ¡Nos hemos equivocado de muerto!.

Quiero decir, que si ha habido error en mi candidatura y elección, la responsabilidad no es mía, que yo soy el muerto en este acto; es de quienes me eligieron y ahora hacen mi laudatio.

Pero hay aún más favores para mi en este premio. Está el hecho de que se haga efectiva su entre en Córdoba.

Córdoba y más en otoño; y más con ustedes, es un regalo del cielo. Como ciudad, por sí misma. Y como tesoro cultural, por su huella en la Historia y en la vida presente, actual, de cada uno de nosotros.

Considero el primer punto: como Ciudad. Todos aprendimos con Góngora su belleza; con el soneto que abre con esta exclamación:

¡Oh excelso muro, oh torres coronadas,

de honor, de majestad, de gallardía!.

Soneto que se cierra con un deseo vehemente, apasionado, de volver a élla:

Ver tu muro, sus torres y su río,

Tu llano y sierra, ¡oh patria!, ¡oh flor de España!.

En cuanto al segundo punto: Córdoba es un factor de cultura, que impregna nuestra vida, que aun condiciona nuestro diario vivir:

  • Pienso en Séneca, en Lucano y en Averroes.
  • Pienso en Juan de Mena, en el Duque de Rivas, en D. Juan Valera (cordobés ilustre aunque nacido en Cabra, que por saber latín no era cabrito, sino egabrense).
  • Pienso en el Califa Abderraman III y en el Califa de todos los Califas, en el Califa máximo, en Manolete.
  • Pienso en Góngora, ya citado, D. Luis de Góngora y Argote, mi compañero de mesa de estudio y de recreo en los alegres años del Bachillerato.

Pero pienso, en especial y sobre todo, en los dos cordobeses máximos, por cuanto están presentes en nuestro vivir diario. Hablo, ustedes lo están pensando ya, hablo de Maimónides, judío, el segundo Moisés; y hablo de Osio, cristiano, Obispo de Córdoba. Uno y otro chocaron con el poder político. Uno y otro sufrieron el exilio fuera de Córdoba. Pero uno y otro asentaron principios, reglas y modelos de conducta que repetimos día a día, en nuestros actos más frecuentes.

Así, el Obispo Osio es acreedor de recuerdos imperecederos por muchas de sus obras escritas o realizadas. Fue el artífice de la Cristiandad tal y como la vivimos aún ahora. Nacido en Córdoba, fue maestro o preceptor del Embajador Constantino El Grande; después, consejero aúlico imperial. A su inspiración se debe el Edicto de Milán (año 313) que estableció la tolerancia de Roma con los cristianos, cerrando la Era de las Persecuciones y sentando las bases de una Europa romana, cristiana y humanista aunque los burócratas comunitarios se resistan en reconocerlo.

Pero hay más, mucho más, en el legado de Osio. A saber: presidió el Concilio de Nicea (año 325) y en oposición al arrianismo, supo encontrar la fórmula teológica que integra el misterio del Dios Uno y Trino en nuestro Credo, en el Credo que se reza en todas las Misas cristinas, después de la lectura de la Epístola. Dice así: "Jesús, el Cristo, el Verbo divino no es creado, es engendrado, es consustancial con el Padre, por quien todo fue hecho".

La estatua del Obispo Osio, en Córdoba, en la Plaza de las Capuchinas, tiene abrazado un triángulo, el signo de la Trinidad. Al final de su larga vida (vivió 101 años) volvió a sufrir persecución. Escribió al nuevo Emperador, a Constancio, una carta en la que marcaba la separación del Poder eclesiástico respecto del Poder político. También acordó la abolición de los esclavos en la Iglesia. Y reafirmó el derecho de defensa del acusado, para que cualquier ser humano pudiera formular alegaciones en favor de su inocencia. Literal: "No es conveniente que se niegue audiencia a quien la pide".

Maimonides publicó su Guía de Perplejos (año 1190) en la que sostuvo que no hay contradicción entre la Razón (para él, la de Aristóteles) y la Fe (para él, la de la Biblia. Antiguo Testamento). Pero a la vez se abrió a otras verdades; o a otras doctrinas y sentenció que no hay mayor virtud social que la tolerancia, ni pero enemigo que la ignorancia. Eso si, comprender al prójimo no es negarse a si mismo. De ahí sus trece reglas que son de cumplimiento inesquivable en la vida personal, de cada uno de sus hermanos en Religión. Qué han de sostenerse. Y de ahí también al parecer la frase popular que llega a nuestros días, de "mantenerse en sus trece", cuando se reafirma una fidelidad. En fin, entre otras muchas doctrinas, conviene ahora recordar que escribió que el Universo es más grande que el Libro Santo; y que la regla del Derecho, cabría decir, es para la Vida y no la Vida para el Derecho.

Con este reconocimiento de la mejor tradición cordobesa, puedo ahora encuadrar en una estructura cultural de gran calado la afirmación antedicha de que hay un Derecho Vivo del Trabajo. Tiene, es verdad, una base y una estructura técnico-jurídica, que posibilita su formalización dogmática. En mi caso, pude ocuparme como autor académico de muchos de esos principios metodológicos; entre otros, los dos siguientes:

  1. por un lado, el diseño de la relación jurídica individual del trabajo, como categoría distinta aunque cotangente de la de contrato de trabajo;
  2. por otro lado, el diseño de la relación jurídica de Seguridad Social, como categoría distinta (que integrada) en la de seguro social.

Ambas categorías técnico-dogmáticas están en la base de mis publicaciones, formato ensayo y formato libro. A ellos me remito. Pero desde 1984, fecha de aparición de Actualidad Laboral, volqué mi atención hacia la realización del Derecho; no tanto como obra del Poder político: del legislador; cuanto más, como obra del Poder judicial: los Tribunales de Justicia. La Vida y el Derecho: armonía o confrontación. Ahí está el mundo bifronte, complejo del juez, del consultor, del abogado; y de las partes del litigio.

El fruto de esta larga y anchísima exploración me ha llevado a sostener, y lo digo hoy de nuevo en términos tan tercos como los propios de las 13 reglas de Maimónides, las siguientes afirmaciones:

  1. La vida del Derecho en general; y del Derecho del Trabajo en particular, está en su aplicación.
  2. La ley solo hace Derecho cuando se convierte en jurisprudencia.
  3. La jurisrpudencia cambia, tiene Historia, pero también tiene Biografía.
  4. Es más, cada día, o, al menos, cada mes, las sentencias sociales relevantes, innovadoras, son sentencias de Autor. Por eso Actualidad Laboral da a conocer los nombres de sus Ponentes; y los nombres de los Sres. magistrados que sostienen Votos particulares disidentes en esas sentencias germinales.

Y ya termino, con la exposición anunciada de mi testamento profesional; o, mejor repito de una confesión.

¿Cuál es o, cómo se apunta, o cómo se mueve, el Nuevo Derecho del Trabajo?

Hoy, más que nunca están en colisión el principio pro operario y el principio de rendimiento. En el centro del conflicto, al ser la zona vital, las medidas políticas que se ofrecen como solución, giran sobre el si o el no del derecho de estabilidad en el empleo.

Hace años, muchos años, en 1975, el Ministro de Trabajo, nuestro colega el profesor Fernando Suárez, me nombró asesor técnico cerca de la Comisión parlamentaria que estudiaba el proyecto de la Ley de Relaciones Laborales. Me aceptaron, honor que aún sigo agradeciendo, muchos criterios. El más celebrado fue el que pasó a ser art. 35 de la Ley de Relaciones Laborales, que estableció que si el despido se declaraba improcedente, la sentencia imponía la readmisión en el empleo. Así de claro y de terminante. No había derecho de opción para el empresario.

El precepto duró poco. D. Alvaro Rengifo, no era el Sr. Solís Ruiz; ni, tampoco, D. Fernando Suárez González, los tres sucesivos titulares del Ministerio de Trabajo en esos años de incertidumbre. La Ley de Relaciones Laborales de 8 de abril de 1976 fue mutilada por el RDL 17/1977, de 4 de marzo. Este RDL, en su disposición final 1º, derogó expresamente el citado art. 35. Lo derogó con saña, se podría decir. Y se volvió, con ciertas trabas procesales, a conceder al empresario el derecho de opción entre readmisión o indemnización.

Y aquí, ahora, mi testamento profesional: ¿Qué sostendría yo hoy, si me encontrase en una situación similar a la de 1976-76? ¿Mantendría a ultranza el principio de propiedad del empleo? ¿Atendería a la aplicación de las medidas de flexibilización y abaratamiento del despido? ¿Trataría de que se reforzasen al máximo las medidas de trabajo a tiempo parcial, de fijeza discontinua, de movilidad funcional horizontal y vertical; incluso la contención, cuando no el recorte, de salarios?

Sinceramente, no lo sé si se plantea el tema como hipótesis de una política legislativa de urgencia. Pero si tengo y con gran pasión las dos creencias siguientes:

Por una parte que si un hombre o una mujer, claro está puede disponer plenamente sobre el empleo de otro o de otra, se genera una situación objetiva de dominio, de señor y de vasallo, cuando no de amo y servidor; y por otra parte, que si el trabajador ha de aceptar pérdidas en materia de jornada, de salarios, de movilidad funcional y en las demás medidas flexibilidad, incluso si hay una reducción en las condiciones de trabajo, pero se mantiene el empleo; repito: pero se mantiene el empleo:

  • todos seremos un poco más pobres;
  • pero todos seremos un poco más libres

Eso sí, siempre que el cuadro de los sacrificios que se escuda en la expresión de "reforma del mercado de trabajo" respete los principios de temporalidad en la imposición, y de universalidad en el reparto proporcional de esas y otras cargas.

Así puede ser mi credo: acaso, más sentimiento que razón lo sé. Pero es mi credo. Gracias por su atención.

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